dilluns, 3 de novembre del 2014

COMUNICADO DE LA COORDINADORA DE DISCAPACIDAD Y DEPENDENCIA Y PLATAFORMAS EN DEFENSA DE LA LEY DE DEPENDENCIA

COMUNICADO
COORDINADORA DE LA DISCAPACIDAD Y DEPENDENCIA
PLATAFORMAS EN DEFENSA DE LA LEY DE DEPENDENCIA

El presente comunicado tiene por objeto hacer llegar a la opinión pública en general, nuestra total disconformidad con el proyecto de borrador de la modificación de la Orden 21/2.012, de 25 de octubre, de la Consellería de Justicia y Bienestar Social, por la que se regulan los requisitos y condiciones de acceso al programa de atención a las personas y a sus familias en el marco del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunidad Valenciana. Este modelo entre otras cosas, impide el buen desarrollo y dificulta a familiares y a personas en situación de dependencia y/o discapacidad el acceso al Sistema, ya de por sí maltrecho.
El principal motivo de oposición radica y así lo expresamos en las alegaciones planteadas en la anterior versión del borrador en verano del presente año ante la Consellería de Bienestar Social  en el acuerdo de fecha de 10 de julio de 2.012 del Consejo Territorial para la Mejora del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia: hasta tanto no se desarrolle reglamentariamente, las Comunidades Autónomas carecen de competencia para autoregular determinados aspectos relativos a dicho Sistema como la capacidad económica de los beneficiarios del sistema y, en su caso, la aportación económica al mismo”.

En virtud del principio de seguridad jurídica no podemos obviar lo expuesto en el Preámbulo de la Orden 21/2012 de 25 de Octubre, de Bienestar Social, que expresa lo siguiente:
"Sin embargo, y por lo que respecta a la determinación de la capacidad económica de los beneficiarios, que también se encuentra incluida en el Acuerdo del Consejo Territorial, no procede adaptar el contenido de la normativa valenciana hasta que se apruebe el correspondiente estatal, tal y como exige el artículo 14, apartado 7, de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre".

Dña. Asunción Sánchez Zaplana, Consellera de BS, ordena la aplicación de nuevos criterios de participación económica del beneficiario en el borrador presente, sumiendo a los ciudadanos valencianos en una situación de inseguridad jurídica con riesgo de desigualdad respecto del resto de ciudadanos del territorio español para quienes no existe tal participación.

En la actualidad, debido a que nos encontramos dentro del trámite de alegaciones previsto en la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al borrador de la modificación de la Orden 21/2.012, de 25 de octubre, de la Consellería de Justicia y Bienestar Social, por la que se regulan los requisitos y condiciones de acceso al programa de atención a las personas y a sus familias en el marco del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunidad Valenciana, denunciamos que únicamente ha sido notificado por parte de la Consellería de Bienestar Social a determinados grupos u organizaciones representativos de la sociedad, y no a otras asociaciones, organizaciones o plataformas implicados en el ámbito social de la dependencia.

Así pues, manifestamos una vez más, nuestra repulsa a la nefasta gestión de la Consellería de Bienestar Social actuando en connivencia y complicidad con el resto del Consell del PP en la Comunidad Valenciana, demostrando actuar a espaldas de los ciudadanos aplicando medidas de recortes, repagos-copagos y limitaciones de derechos de las personas en situación de discapacidad.

En consecuencia, a fecha de hoy 3 de noviembre de 2.014, y dentro del plazo del trámite procedimental procederemos a continuación a plantear las alegaciones que consideramos convenientes, debido a que la versión de octubre de 2.013 introduce unas mínimas pero trascendentes variaciones en la manera en que los valencianos usuarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia deben de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos utilizados.

 
                                         Valencia, a 3 de noviembre de 2014