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A/A. Síndic de Greuges de la Comunidat Valenciana
C/ Pascual Blasco, 1 -
C/ Pascual Blasco, 1 -
03001 ALICANTE
D/ña ……………………………………………………mayor de edad, con DNI: …………….., con domicilio en la calle…………………………………..…, municipio………………, CP:..……., teléfono…………….E-mail……………….., como ciudadana/o interesada/o, comparece y como mejor proceda en derecho
DICE:
Que, por medio del presente escrito, vengo a interponer QUEJA contra el DECRETO 18/2011, de 25 de febrero, del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el derecho a las prestaciones del sistema valenciano para las personas en situación de dependencia.
Dicho Decreto entró en vigor el día 3 de marzo de 2011, sin que hasta la fecha y después de un año en funcionamiento se haya resuelto ningún expediente.
Que la formulación de la presente QUEJA, se fundamenta en lo siguiente:
PRIMERO: Que la Conselleria de Justicia y Bienestar Social publicó en el DOGV de 2 de marzo de 2011, el 18/2011, de 25 de febrero, del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el derecho a las prestaciones del sistema valenciano para las personas en situación de dependencia. Dicho Decreto venia a sustituir al Decreto 171/2007, de 28 de septiembre.
SEGUNDO: Que en el preámbulo del nuevo Decreto 18/2011, de 25 de febrero, se justificaba la modificación del anterior decreto con la finalidad de obtener la máxima eficacia y celeridad en la tramitación de los expedientes, y que con el presente Decreto, la duración máxima de todo el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y la aprobación del Programa Individual de Atención no excederá de seis meses.
· Que no es cierto que la Conselleria de Bienestar Social en el año que está en vigor dicho decreto haya resuelto ni un solo expediente por cuanto que las 8.900 resoluciones firmadas en el mes de marzo de 2011, por la Directora General de Acción Social, Mayores y Dependencia eran solicitudes correspondientes a los años 2.008 esencialmente y algunas de 2009 y unas cuantas de 2.010.
TERCERO: Que tras un año de vigor de dicho decreto, y para su conocimiento, le hago saber que la Conselleria de Justicia y Bienestar social:
· Por su mala gestión, no ha cumplido con los plazos de resolver en seis meses los expedientes de dependientes que están en el llamado “Limbo de la Dependencia” y que en su día fueron valorados en grado III, Nivel 1 y 2 y dependientes en Grado II, Nivel 1 y 2 de Solicitudes de los años 2007, 2008, 2009 y 2.010. Dichos expedientes que siguen sin resolverse en plazo y afecta a 33.000 dependientes según los datos del Imserso.
CUARTO: Que la Conselleria está obligada a resolver los más de 12.000 expedientes de grado I, Nivel 2 que llevan más de un año con la resolución de Grado y Nivel y que a día de hoy desde Conselleria no se ha dado la Orden de realizar la propuesta PIA.
Que en la mayoría de ocasiones, la Conselleria se limita a contestar a los dependientes con el siguiente escrito, sin dar posteriores órdenes a los SMADs para que realicen la correspondiente PIA:
QUINTO: Para su conocimiento, las Plataformas tienen la suficiente información para saber que desde la Conselleria sólo se van a dictar resoluciones PIA, una ver al año, lo que significa que la propia Conselleria no va a cumplir con su obligación legal de resolver en el Plazo fijado en el DECRETO 18/2011, de 25 de febrero, del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el derecho a las prestaciones del sistema valenciano para las personas en situación de dependencia.
Por todo ello y en atención a lo anteriormente expuesto,
SOLICITA:
Que me preste su colaboración y haga las actuaciones oportunas ante la Conselleria de Justicia i Bienestar Social para llegar a la resolución de los puntos expuestos en esta Queja ya que, como informan las Plataformas en Defensa de la Ley de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia de la CV, tengo la certeza de que la situación de la aplicación de la Ley de Dependencia ha empeorado por la mala gestión de la Conselleria y su empecinamiento de no resolver en los plazos. Y para que conste, y surta los efectos oportunos, firmo la presente solicitud
Fdo.………………………..…
En…..……………………..…a…….de …………….……de 2012.
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