Las Plataformas Valencianas en Defensa de la Ley de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia hemos mantenido en Bruselas diversas reuniones con eurodiputados españoles y personal de la administración europea para hacerles partícipes de nuestra preocupación y denuncia ante la SITUACIÓN DISCRIMINATORIA que se está produciendo en la Comunidad Valenciana respecto otras CCAA en la aplicación de la Ley de Dependencia.
1º) LA LEY 39/2006, DE AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA, “tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia”.
2º) La situación de ATROPELLO GRAVE AL DERECHO SUBJETIVO que otorga la Ley a las personas en situación de dependencia y el menoscabo en cuanto a calidad de vida y afectación a los servicios que recoge dicha Ley; así como el daño que se produce a los familiares de los dependientes, que se ven abocados en muchos casos a situaciones desesperadas, abandono del trabajo y falta de apoyos en los servicios y prestaciones que les otorga la Ley para la calidad de vida de sus familiares dependientes.
3º) La DISCRIMINACIÓN NEGATIVA que padecen las valencianas y valencianos respecto otras comunidades autónomas en las que sí se ha priorizado la puesta en marcha de la Ley con el adecuado desarrollo de los servicios sociales municipales y el catálogo de servicios que la Ley dispone.
4º) Habiendo mantenido contactos, en cinco reuniones diferentes, con eurodiputados españoles y personal de la administración europea, y arreglo a la normativa y derecho comunitario, instaremos ante las instituciones pertinentes la adecuada INTERVENCIÓN para obtener la justa aplicación de la Ley de Dependencia en la Comunidad Valenciana; con los mismos derechos que otras comunidades autónomas del estado español, en que sí se aplica correctamente y de manera justa la Ley de Dependencia.
Valencia, 14 de abril de 2011
1º) LA LEY 39/2006, DE AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA, “tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia”.
2º) La situación de ATROPELLO GRAVE AL DERECHO SUBJETIVO que otorga la Ley a las personas en situación de dependencia y el menoscabo en cuanto a calidad de vida y afectación a los servicios que recoge dicha Ley; así como el daño que se produce a los familiares de los dependientes, que se ven abocados en muchos casos a situaciones desesperadas, abandono del trabajo y falta de apoyos en los servicios y prestaciones que les otorga la Ley para la calidad de vida de sus familiares dependientes.
3º) La DISCRIMINACIÓN NEGATIVA que padecen las valencianas y valencianos respecto otras comunidades autónomas en las que sí se ha priorizado la puesta en marcha de la Ley con el adecuado desarrollo de los servicios sociales municipales y el catálogo de servicios que la Ley dispone.
4º) Habiendo mantenido contactos, en cinco reuniones diferentes, con eurodiputados españoles y personal de la administración europea, y arreglo a la normativa y derecho comunitario, instaremos ante las instituciones pertinentes la adecuada INTERVENCIÓN para obtener la justa aplicación de la Ley de Dependencia en la Comunidad Valenciana; con los mismos derechos que otras comunidades autónomas del estado español, en que sí se aplica correctamente y de manera justa la Ley de Dependencia.
Valencia, 14 de abril de 2011
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